Particulares - Hipoteca ICO

Hipotecas ICO

La financiación necesaria para tu vivienda

Me interesa

Accede al 20 % para la compra de tu primera vivienda

Dirigido a aquellos que quieren comprarse una vivienda, tienen capacidad financiera y solvencia para hacerlo, pero no disponen del ahorro suficiente necesario para la entrada.

¿Tienes dificultades para comprar tu primera vivienda?

El ICO te avala el 20 % de la entrada y nosotros te ayudamos a conseguirlo.

Preguntas frecuentes

El proceso para solicitar el aval ICO se aprobó el 9 de mayo en el Consejo de Ministros y se pondrá en marcha cuando el Gobierno formalice el convenio con el ICO. Asimismo, se podrá solicitar para las hipotecas que se formalicen hasta el 31 de diciembre de 2025, aunque cabe la posibilidad de que se pueda prorrogar dos años más en función de la demanda y las circunstancias económicas.

El plazo del aval tendrá una duración de máximo 10 años con independencia del plazo de amortización del préstamo y de la existencia o no de periodo de carencia. Es decir, el ICO dejará de avalar el 20 % de tu hipoteca cuando hayan pasado 10 años desde la contratación. No obstante, pasado este período ya habrás abonado seguramente la cantidad correspondiente a este porcentaje.

Aunque todavía no está confirmado, hay la posibilidad de que se establezca un límite máximo del precio de la vivienda o del de tasación en función de la comunidad autónoma para adaptarse a la heterogeneidad de precios del mercado inmobiliario.

Tal y como hemos visto en el apartado de requisitos, tu salario bruto no puede superar un importe determinado. Veamos entonces cuál es el precio máximo que podría tener la vivienda dependiendo de tu situación familiar:

Perfil Sueldo máximo anual
(bruto con 12 pagas)
Precio máximo de la vivienda
Joven menor de 35 años Hasta 37.800 euros Hasta 209.275 euros
Pareja de jóvenes de menos de 35 años Hasta 75.600 euros Hasta 419.419 euros
Familia con un hijo menor a cargo Hasta 78.120 euros Hasta 432.875 euros
Familia con dos hijos menores a cargo Hasta 80.640 euros Hasta 446.388 euros

Precios orientativos máximos calculados bajo la hipótesis de que podrás dedicar un máximo del 35 % de tus ingresos brutos a pagar las cuotas y que la hipoteca tendrá un interés medio del 3,0 % y un plazo de 30 años.

Sobre los ingresos mínimos no se ha hecho ninguna referencia, pero deberán ser unos ingresos mínimos óptimos para poder hacer frente a las cuotas mensuales de la hipoteca sin caer en un endeudamiento. Los ingresos mínimos exigidos dependerán de los requisitos de la entidad bancaria que te conceda la hipoteca.

Tal y como funciona en una hipoteca convencional, aparte de aportar el 20 % de la entrada que, en este caso, está avalado por el ICO, hay que asumir una serie de impuestos y de gastos de compraventa que suponen el 10 %.

El aval del ICO no supone un coste adicional, es decir, no tendrás que pagar al Gobierno ni al ICO por el hecho de avalarte.

Al acceder a una hipoteca al 100 % (80 % de financiación y 20 % de aval), el importe que tendrás que devolver será el 100 % más intereses. Por ese motivo, como la hipoteca tendrá un importe mayor, las cuotas que tendrás que pagar serán más caras, que si aportas la entrada del 20 %.

Todavía no está definido, aunque, probablemente, el ICO se encargue de devolver al banco la cantidad avalada y tú serás responsable del resto de la deuda.

En este caso no podréis acogeros al aval ICO del 20 %, ya que los dos titulares debéis cumplir con los requisitos mencionados. La única manera de hacerlo es que solamente la persona que sí cumple con los requisitos lo haga sola, es decir, firme la hipoteca y la compraventa sin la otra parte.

Se puede comprar cualquier tipo de vivienda (nueva o de segunda mano), de protección oficial o libre, siempre y cuando sea residencia habitual.

La documentación varía según cada comunidad autónoma, pero en general:

  • DNI o NIE que indique que eres menor de 35 años.
  • Certificado del Catastro que confirme que no tienes ninguna vivienda en propiedad. / Nota simple del Registro de la Propiedad para confirmar que eres propietario.
  • Declaración jurada de que utilizarás la vivienda como residencia habitual.

Además, el banco también te pedirá la documentación pertinente para comprobar que tienes un perfil apto para solicitar la financiación: últimas 3 nóminas, contrato de trabajo, contrato de arras, declaración del IRPF del último año y vida laboral actualizada.

Imagina que quieres comprar una casa de 200.000 €. Si el banco te presta el 80 %, sin el aval tendrías que aportar 40.000 € para la entrada más los impuestos y gastos de compraventa que suponen aproximadamente el 10 %. Sin embargo, con el aval del 20 %, obtendrías una financiación del 100 %, pudiendo destinar tus ahorros a hacer frente a esos impuestos y gastos. De esta manera, en vez de abonar 60.000 € (entrada + impuestos y gastos de compraventa), abonarías solamente 20.000 € (impuestos y gastos de compraventa).